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24/12/2020 - 12:00

BRUCELOSIS SRA

La Brucelosis Bovina es una enfermedad del ganado con importantes consecuencias, como abortos y  alteraciones reproductivas.  Además afecta al ser humano (zoonosis) generando incapacidad laboral e importantes trastornos para su salud y calidad  de vida,

La Ley  24 696 declara de interés nacional el control y erradicación de la Brucelosis en diferentes especies y la Resolución 67 del 2019 aprueba el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina en la República Argentina, de aplicación obligatoria en todo el Territorio Nacional, excepto en la Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Se establecía en dicha Resolución, la Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES). Todos los establecimientos ganaderos bovinos del país en los que se realice algún tipo de actividad reproductiva del ganado bovino, debían realizarlo mediante   un diagnóstico serológico de la totalidad de su rodeo susceptible, en  un plazo de DOS (2) años a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

Del seguimiento de esta Resolución y de su evaluación,  reconoce  Senasa la necesidad  de adecuarla para que cumpla con su objetivo. La modificación propuesta, se encuentra  en Consulta Pública de Senasa y  la  plantea de la siguiente forma:

  • Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario o DOES TOTAL
  • Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario o DOES PARCIAL porque es realizado en un  número  determinado de vacas.

Es conveniente destacar que ambos tipos de DOES tendrán fechas límites para ser realizados.

Es importante aclarar que en  el “DOES TOTAL” y si todos los muestreos dan resultado negativo será categorizado como “Establecimiento Libre de Brucelosis Bovina”.

En el  Establecimiento que optó por el “DOES  MUESTREO”, si  los animales chequeados resultaron negativos,  pasa a ser un “Establecimiento Negativo  de Brucelosis Bovina”, pero se aclara que NO ES LIBRE. Se  requerirá del Sangrado  para  el Certificado de Seronegatividad para el Movimiento (CSM) cuando esos animales se dirijan a remates de reproductores, exposiciones o remates ferias con motivo de reproducción  o cría.

La Sociedad Rural Argentina teniendo en cuenta esta enfermedad,  está de acuerdo con la importancia en su lucha, pero para esta Consulta menciona a los Señores Socios,  lo siguiente:

  • Deberían considerarse las diferentes regiones de nuestro país para establecer los plazos necesarios de acuerdo a las condiciones naturales de  cada región. Es conveniente que ante un problema de este tipo, sean las COPROSAS quienes se lo hagan conocer a SENASA.
  • Contemplar costos en aquellos productores que no puedan abonarlos.
  • Estar seguros que existe una Red de Laboratorios, distribuidos por todo el país, en condiciones de recibir todas esas muestras en determinado tiempo.
  • Sería conveniente hacer coincidir en ciertas zonas, esta extracción de sangre con la campaña de  vacunación de aftosa del año 2021.
  • La Consulta Pública, tiene un período muy corto por los feriados de esta época, se ha solicitado  a SENASA  su postergación 15 días más.
  • Queda abierta la posibilidad a los Señores Socios para que opinen en la Consulta Pública que realiza Senasa en su página Web, ingresando a la sección Consulta Pública.   Ingresando aquí