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“Recurrimos a un amparo después de haber exhortado al Poder Ejecutivo y al Legislativo desde el 8 de enero pasado, cuando advertimos que no hay sustento reglamentario para el cobro del impuesto. Trabajamos estas semanas en esta crítica situación para exigirle al Poder Judicial que nos dé la razón porque las argumentaciones presentadas son contundentes. El cobro de retenciones es inconstitucional”, afirmó Pino.
El 31 de diciembre de 2021 venció el plazo fijado en la Ley de Emergencia Pública que delegaba en el Presidente de la Nación reglamentar las alícuotas del tributo. La no sanción de la Ley de Presupuesto 2022, que incluía una prórroga por 2 años de esa facultad, priva de sustento legal a los derechos de exportación exigidos con posterioridad a la fecha mencionada.
Cabe mencionar que hemos tenido reuniones con todos los eslabones de las cadenas comerciales, poniéndolos en conocimiento de esta acción judicial con el objetivo de no alterar el funcionamiento de los acuerdos vigentes.
Documento explicativo de los antecedentes legales:
https://www.sra.org.ar/wp-content/uploads/2022/01/Antecedentes-legales-de-las-retenciones-pdf-1.pdf